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Contrato de compraventa de vehículo en Granada

En Granada se compran y venden muchos vehículos de ocasión, desde el utilitario de Motril hasta el todoterreno de un pueblo de la Alpujarra o de la costa. Sea cual sea el tuyo, conviene dejarlo por escrito: quién es el comprador, qué se entrega, cuánto se paga y cuándo se hace el cambio de titularidad.

Qué hacemos por ti

Preparamos un contrato adaptado a la operación concreta, con cláusulas sobre el estado del vehículo, las cargas y los pagos. Una vez firmado, tramitamos la transferencia ante la Jefatura Provincial de Tráfico de Granada para que el coche quede a nombre del comprador cuanto antes.

  • Comprobación de cargas y reserva de dominio del vehículo.
  • Liquidación del impuesto de transmisiones patrimoniales.
  • Cambio de titularidad completo en la DGT.
  • Redacción del contrato de compraventa entre particulares.
  • Revisión de un contrato o borrador que ya tengas.

Una buena práctica es pactar una señal. Si compras en Motril y pagas una parte para reservar el coche, el contrato debe decir qué ocurre si alguno se echa atrás: la señal puede perderse o devolverse duplicada, según lo que se haya acordado. Nosotros lo redactamos con claridad para que no haya dudas.

Requisitos y documentación

Los elementos básicos son los datos de las partes, la identificación del vehículo por matrícula y bastidor, el precio y su forma de pago, la entrega y las declaraciones del vendedor sobre cargas y estado. Con eso el documento ya sirve como prueba.

  • Justificante del último impuesto de circulación pagado.
  • Justificante de pago de la señal y del precio.
  • DNI o NIE de comprador y vendedor.
  • Permiso de circulación y ficha técnica del vehículo.
  • ITV en vigor, salvo que se pacte otra cosa por escrito.

Para extranjeros residentes en Granada, puede ser útil que el contrato esté en dos idiomas. Redactamos la versión en español, que es la que valdrá ante la administración, y podemos acompañarla de una traducción orientativa para que ambas partes entiendan lo firmado.

Plazos y datos clave

Dos datos clave: la autoliquidación del impuesto se presenta en 30 días hábiles desde el contrato, y la titularidad debe cambiarse cuanto antes. Si dejas pasar el tiempo, el vendedor sigue siendo el titular a efectos de tráfico y el comprador no tiene el coche a su nombre.

Cuando una de las partes vive en otro municipio, por ejemplo en Almuñécar o en Loja, todo puede firmarse a distancia con el contrato en PDF y copias de los documentos de identidad. Nosotros coordinamos el envío y el intercambio de documentos por correo electrónico.

Cómo trabajamos

Todo el trámite se hace a distancia. Nos mandas por WhatsApp o por correo electrónico las fotos o los PDF de la documentación, la revisamos y te decimos si falta algo. Te vamos informando por el mismo canal en cada paso y no tienes que ir a ningún sitio ni acercarte a ninguna oficina.

Preguntas frecuentes

¿Qué pasa si el coche tiene una avería oculta?

Depende de lo que diga el contrato y de si se trata de un vicio oculto. Por eso conviene dejar por escrito el estado del vehículo y, si se puede, que lo revise un mecánico antes de la entrega.

¿El vendedor se libra de las multas desde la firma?

No automáticamente. Hasta que se cambia la titularidad, el vendedor figura como titular. Un contrato con fecha de entrega y una transferencia rápida ayudan a que las multas posteriores no le afecten.

¿Hace falta que la ITV esté en vigor?

Para el cambio de titularidad la ITV debe estar vigente. Si está caducada, hay que pasarla antes o pactar quién lo asume, y es mejor que el contrato lo diga.

¿Es obligatorio hacer un contrato por escrito?

No es obligatorio para que la venta sea válida, pero sí muy recomendable. El contrato prueba el precio, la fecha de entrega y el estado del coche, y la administración lo pide para liquidar el impuesto y cambiar la titularidad.

Escríbenos por WhatsApp al 694 216 299 y cuéntanos tu caso: abrir WhatsApp.

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